viernes, 21 de enero de 2011

Los derechos del niño.

 A continuación os presentamos una relación  de los derechos más importantes del niño, de acuerdo con los expuestos por la Declaración de los Derechos del Niño.

(Fuente desconocida)


Derecho a una familia.


  

El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole. 


Derecho a la identidad.
   Es el derecho de todos los niños y niñas inmediatamente después de su nacimiento a tener y ser reconocidos social, legal y familiarmente con un nombre, a adquirir una nacionalidad, a tener una familia, a ser criado y cuidado por ella, y a preservar estas condiciones.



Derecho a la educación.


   El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.



Derecho a la salud.



 
Todos los niños tienen derecho a:
  • Un nivel de vida adecuado.
  • El mayor nivel posible de salud y
                servicios de salud adecuados.
  • Una atención especial, si estándiscapacitados, que asegure su dignidad, promueva su autosuficiencia y facilite su participación activa en la comunidad.
  • Servicios e instituciones de seguridad social y atención infantil.
  • A la detección y tratamiento precoz de enfermedades congénitas, así como de las deficiencias psíquicas y físicas, únicamente con los límites que la ética, la tecnología y los recursos existentes impongan en el sistema sanitario.
  • A ser inmunizado contra las enfermedades infectocontagiosas contempladas en el Calendario Vacunal oficial vigente en la Comunidad de Madrid.
  • A no ser sometidos a experimentos. Cuando pudiera ser necesario someter a un menor a pruebas para detección o control de enfermedades, en todo caso, primará el derecho a la vida del menor.


Derecho a la igualdad.
   El derecho a la igualdad es aquel que hace alusión al derecho inherente que tienen todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley y de disfrutar y gozar de todos los derechos que se le otorgan, sin importar su origen nacional, su raza, sus creencias religiosas o su orientación sexual.



Derecho a participar.

  
El derecho a participar de la infancia, entendido este como el derecho a ser oído y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta –en función de su edad y madurez con mayor o menor peso- es uno de los derechos más novedosos incluidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.


Derecho a la protección.
    El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
   Tiene el derecho a que le protejan y defiendan cuando le discriminan por cualquier causa.


Derecho al juego.

   El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.





Cloncusión.

Para finalizar, queremos dejar claro que los Derechos de los/as Niños/as deben ser respetados y en el caso de ser testigos de la violación de algunos de ellos, acudir a las distintas entidades encargadas de su regulación (ONG, Servicios Sociales, Instituciones Educativas...).


¡RESPETEMOS A LOS/AS NIÑOS/AS QUE SON NUESTRO FUTURO!

No hay comentarios:

Publicar un comentario